sábado, 20 de agosto de 2011

Acuerdo IMSS para patrones dedicados a la construcción

19 de agosto de 2011. Se publica en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo mediante el cual se informa al Instituto Mexicano del Seguro Social que no exigirá a los patrones dedicados a la actividad de la contrucción, la presentación en dispositivo magnético de la documentación prevista en el primer párrafo del articulo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado".

La documentación a que se refiere dicho decreto consiste en:

El presupuesto de obra,
El análisis de los precios unitarios,
La explosión de insumos y las estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra,
El contrato y los planos arquitectónicos de la obra,
Las autorizaciones, licencias o permisos de construcción expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales competentes.

Esto se debe a que dicha información puede ser obtenida por las autoridades a través de los formatos denominados SATIC-01, SATIC-02, SATIC-03, SATIC-04, SATIC-05 y SATIC-06, los cuales se presentan en el momento en que se realizan los trámites de registro de las obras de construcción.

El decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.




jueves, 18 de agosto de 2011

Servicio de Declaraciones y Pagos (SAT)


A través de este servicio, el Servicio de Administración Tributario por medio de su portal en internet (www.sat.gob.mx), proporciona a los contribuyentes una linea de captura para que estos paguen en los bancos autorizados los impuestos que deriven de su actividad.

Los contribuyentes que se han incorporado a dicho servicio durante 2011 son:

A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes, los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.


A partir de febrero para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero de 2011 y subsecuentes, los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos.

martes, 16 de agosto de 2011

Resolución Miscelánea Fiscal para 2011

El pasado 1 de julio de 2011, se publico en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, la cual entro en vigor a partir del siguiente día hábil de su publicación, excepto la regla II.11.2 que entrará en vigo hasta el día 1 de agosto de 2011, la cual establece la información y requisitos que deben reunir los registros de los depósitos en effectivo que reciban las instituciones del sistema financiero.

Así mismo se dieron a conocer los anexos 1, 1-A, 3, 4, 7, 11, 13, 14, 15, 17 y 18 los cuales han sido publicados de forma gradual a partir del día 5 de agosto, además se prorroga la vigencia de los anexos 2, 5, 6, 8, 9, 10 (excepto el apartado A), 12, 16, 16-A, 19, 20 y 21 hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a la Resolución vigente.