jueves, 18 de agosto de 2011

Servicio de Declaraciones y Pagos (SAT)


A través de este servicio, el Servicio de Administración Tributario por medio de su portal en internet (www.sat.gob.mx), proporciona a los contribuyentes una linea de captura para que estos paguen en los bancos autorizados los impuestos que deriven de su actividad.

Los contribuyentes que se han incorporado a dicho servicio durante 2011 son:

A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes, los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.


A partir de febrero para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero de 2011 y subsecuentes, los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario