lunes, 10 de diciembre de 2012

Compilación de criterios normativos 2012


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la Compilación de Criterios Normativos 2012, los cuales contienen líneamientos de carácter técnico respecto a la aplicación de las Leyes Tributarias. Con la finalidad de adecuar el contenido de los mismos a las disposiciones fiscales vigentes y hacer más ágil su consulta el Comité de Normatividad realizó una revisión integral del Boletín 2011, cuyo resultado fue compilarlos en un solo documento.
 
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martes, 27 de noviembre de 2012

Nuevos Salarios Minimos


El día de ayer 26 de noviembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución emitida por el H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en la cual se establecen los que deberán regir a partir del día 27 de noviembre de 2012.

En este documento se resuelve que para fines salariales solo se dividira la República Mexicana en dos áreas geográficas A y B, quedando los salarios minimos en:


 
Pesos
Area geográfica “A”
Area geográfica “B”
$62.33
$59.08
 

Para visualizar el contenido completo de esa resolución accede aqui


lunes, 12 de noviembre de 2012

SIPARE - Sistema de Pago Referenciado


El Instituto Mexicano del Seguro Social ha puesto a disposición de los patrones el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), esta herramienta proporciona una línea de captura generada a través del portal de internet del Instituto que permite realizar los pagos de:
 
a) Aportaciones al IMSS por cuotas mensuales, diferencias, autocorrecciones y cuotas derivadas de actos de fiscalización.
 
b) Aportaciones de Retiro, Cesantia en Edad Avanzada y Vejez.
 
c) Aportaciones al Infonavit.
 
 
Si el pago se genera por medio de este servicio, ya no será necesario contar con diskette de 3 1/2", únicamente se transmitirá el archivo SUA, se imprime el formato y por último acude con tu línea de captura a la ventanilla bancaria o paga a través del portal bancario.
 
Para hacer uso de este servicio, es necesario registrarse Aqui
 
 
 
 
 




martes, 30 de octubre de 2012

Criterios Normativos Tercer Trimestre


El Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer en días pasados los criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del SAT durante el tercer trimestre de 2012, de acuerdo a la facultad que le otorgan los articulos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
 
 
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viernes, 5 de octubre de 2012

Pago Referenciado - Personas Fisicas



El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dió a conocer a través de su página www.sat.gob.mx que a partir del mes de noviembre de 2012, aquellos contribuyentes personas físicas quienes en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales superiores a $250,000.00, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para la presentación de los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes.
 
Anteriormente, a partir del mes de septiembre se incorporaron a este esquema los contribuyentes personas fisicas cuyo ingreso total declarado en el ejercicio anterior haya sido superior a $1,000,000.00.
 
Para ello, los contribuyentes deben verificar que su Clave de Indentificación Electrónica Confidencial (CIEC) se encuentra vigente, ya que es requisito indipensable para acceder a la aplicación, y con ello cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.
  

viernes, 21 de septiembre de 2012


A casi más de tres meses de la entrada en vigor de las modificaciones a los comprobantes fiscales tanto digitales como en papel hemos notado que no todos los contribuyentes han hecho las modificaciones correspondientes. El desconocimiento de los mismos, puede traer consecuencias graves en materia fiscal por lo que considero repasarlos.
 
Esos requisitos aplican para los comprobantes fiscales que la empresa emita por las ventas de bienes o servicios, pero también se deberá observar que los proveedores entregen sus comprobantes con estás indicaciones, ya que la Ley establece que cuando no se cumplan con estos requisitos, no se podrá deducir el gasto ni acreditar el IVA. 
 
a) Régimen fiscal, por ejemplo: Regimen General de Ley Personas Morales.
(Si el proveedor no sabe su régimen fiscal, puede obtenerlo en
www.sat.gob.mx sección "mi portal" imprimir la guia de obligaciones fiscales dónde encontrará ese dato).

b) Unidad de medida: seguido de la cantidad puede utilizar piezas, gramos, kilos, etc. dependiendo de lo que se facture. Tratándose de servicios se anotara en el renglón correspondiente la expresión "No aplica"

c) Identificación de la forma de pago: Esta puede ser transferencia, cheque, efectivo, etc. Asi mismo, SE DEBE INCLUIR los últimos cuatro dígitos de la cuenta, de la tarjeta o monedero electrónico de dónde su cliente le realice el pago. En caso de que NO SEA POSIBLE IDENTIFICAR LA FORMA DE PAGO y la cuenta al momento de la expedición del comprobante se podrá utilizar la expresión "No identificado" en ambos casos.

d) Tratandose de recibos por arrendamiento de inmuebles, se deberá anotar el número de la cuenta predial.


En este sentido, la autoridad emitió una adecuación en resolución miscelanea con lo siguiente:


En los casos en los que el pago se realice mediante más de una forma, los contribuyentes expresarán las formas de pago que conozcan al momento de la expedición del comprobante, separadas por comas, en el apartado del comprobante fiscal designado para tal efecto.

Así mismo, el dato referente a los últimos cuatro dígitos del número de cuenta, de la tarjeta o monedero, se incorporará en el apartado correspondiente, siguiendo el mismo orden que el indicado para la forma de pago.

No obstante lo anterior, CUANDO NO SEA POSIBLE IDENTIFICAR la forma en la que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta, tarjeta de crédito, de débito, de servicio o de los denominados monederos electrónicos que autorice el SAT, se podrá cumplir con el requisito señalado en el apartado del comprobante fiscal designado para tal efecto, la expresión "NO IDENTIFICADO". 


 


 

miércoles, 5 de septiembre de 2012

Ofrece SAT servicio de facturación electrónica Gratuita

 
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal www.sat.gob.mx puso a disposición de los contribuyentes el servicio de generación de facturación electrónica.
 
Este servicio está dirigido principalmente a contribuyentes que tributen principalmente en los regímenes de arrendamiento y actividad empresarial y profesional con bajos volúmenes de emisión de facturas.
 
Esta modalidad permite capturar y certificar un comprobante a la vez y no administra catálogos de clientes o productos, ni integra addendas comerciales, por lo que debido al volumen de operaciones de algunos contribuyentes o quienes requieran la incorporación de complementos adicionales o addendas, deberán utilizar los servicios prestados por los PAC para la certificación de sus comprobantes. El servicio tampoco realiza cálculos de impuestos ni certifica Facturas Electrónicas (CFDI) generadas por otros sistemas.
 
 
Importante

Para utilizar este servicio es indispensable contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel), tramitar al menos un certificado de sello digital (CSD) y aceptar los términos y condiciones de uso del servicio.
 
Para ingresar al servicio click aqui

jueves, 9 de agosto de 2012

Circulo Deming - Herramientas administrativas



Las empresas de éxito han adoptado herramientas que apoyan a la administración para resolver problemas o tomar decisiones respecto a los procesos que se llevan a cabo en la misma en cada una de sus áreas, el no aplicarlas o carecer de ellas pueden ocasionar elevados costos.

Dentro del amplio contexto de la Filosofía de la Calidad uno de los principales precursores de esta fue W. Edwards Deming, quien baso su propuesta en el uso de técnicas estadísticas para graficar la forma que funciona el sistema, lo que permitio identificar con mayor facilidad los errores y encontrar la forma de mejorar sus procesos.

Una de sus aportaciones fue el circulo Deming, la cual es una herramienta que promueve el cambio sistemático de los procesos al estar representado por las siguientes acciones:

Planear: Que se pretende alcanzar y como. Hacer o llevar adelante lo planeado.

Hacer: Llevar  adelante lo planeado.  

Verificar: Que se haya llevado a cabo lo planeado, así como los efectos del plan.

Actuar: A partir de los resultados a fin de incorporar lo aprendido, lo cual es expresado en observaciones y recomendaciones.

El circulo representa cada una de las acciones, las cuales deben ser aplicadas indefinidamente logrando con ello la mejora continua de la organización.





miércoles, 8 de agosto de 2012

¿Cómo saber en que Afore estás?


Con motivo de la asesoria que llevo a cabo en diversas empresas, frecuentemente encuentro casos en que los trabajadores cuestionan a la administración de las mismas respecto a en que Afore están inscritos.


En ese sentido conviene aclarar que es el propio trabajador quien, al inicio de su vida laboral y en cuanto queda inscrito en el Servicio de Seguridad Social que le corresponde, debe informarse oportunamente y tomar la decisión a quien eligirá para que administre los recursos de su cuenta de ahorro para el retiro, no es el patrón quien realiza dicha afiliación. 

La Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (CONSAR), pone a disposición del público en general una herramienta, a través de la cual los trabajadores pueden consultar su Afore:


¿En qué Afore estoy?



viernes, 3 de agosto de 2012

Pago referenciado - Contribuyentes que se incorporan

 A partir del mes de septiembre de 2012 se incorporan al servicio de declaraciones y pagos a las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos superiores a $1,000,000.00, razón por la cual los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de agosto de 2012 y subsecuentes deberán realizarse mediante dicho servicio.

Los contribuyentes personas físicas que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y pagos, sin embargo al ejercer la opción no la podrán variar durante el ejercicio fiscal.


Fundamento legal: Artículo 6 de Código Fiscal de la Federación  y Regla II.2.8.5.1. de la Resolución Miscelanea Fiscal para 2012.

domingo, 8 de enero de 2012

Pago referenciado - Contribuyentes que se incorporan


A partir del mes de febrero de 2012, los contribuyentes Personas Morales deberán presentar su pago provisional correspondiente al mes de enero de 2012 a través del servicio de Declaraciones y Pagos por medio de la página www.sat.gob.mx.

Durante ejercicios anteriores, se han ido incorporando a dicho esquema otros contribuyentes, como: 

 A partir de Mayo de 2009, para la presentación de pagos correspondientes al mes de abril y posteriores:

a) Los contribuyentes del sector financiero.
b) Las sociedades mercantiles controladoras y controladas.
c) Las personas morales del título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos.

A partir de noviembre de 2009, para la presentación de pagos correspondientes al mes de octubre y posteriores:

a) El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
b) Comisión Federal de Electricidad, Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

A partir de febrero de 2011, para la presentación de pagos correspondientes al mes de enero y posteriores: 

a) Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

A partir de mayo de 2011, para la presentación de pagos correspondientes al mes de abril y posteriores:

a) Los contribuyentes que se encuentran obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto al ejercicio fiscal 2010.



Donatarias autorizadas - Obligaciones -



Para poder continuar recibiendo donativos deducibles, y toda vez que la autorización para recibir donativos deducibles es anual, para manener la vigencia de dicha autorización las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados deberán presentar el aviso anual donde declaren bajo protesta de decir verdad que siguen cumpliendo con los requisitos y sus obligaciones fiscales, conforme se señala la ficha 12/ISR contenida en el anexo 1-A de la Resolución miscelánea fiscal vigente durante los meses de enero y febrero de 2012, a través de la página de Internet del SAT utilizando para ello su FIEL.

Finalmente, el aviso a que se refiere el párrafo anterior, se tendrá por presentado siempre y cuando dichas organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles hayan cumplido con la obligación "Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos", el dictamen fiscal simplificado y en su caso, la declaración  informativa que les corresponda de conformidad con el artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.