martes, 1 de marzo de 2011

Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión Teatral


El pasado 28 de febrero de 2011,  la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal a proyectos de inversión en la producción teatral nacional, mismas que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. En dichas reglas se establece lo siguiente: 

1. La creación del Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional.

2. La forma en que deberá operar el Comité Interinstitucional, así como las facultades que tendrá el Presidente del mismo.

3. El procedimiento que deberán cumplir los contribuyentes aportantes junto con la empresa productora responsable del proyecto de inversión, para el otorgamiento del estímulo fiscal.

4. La documentación que deberán entregar los contribuyentes aportantes al Comité para el otorgamiento del estímulo fiscal. El contribuyente beneficiario del estímulo fiscal, a más tardar dentro de los treinta días hábiles siguientes a la última fecha del número total de funciones a que se haya comprometido en el proyecto de inversión, deberá presentar a la Secretaría Técnica del Comité un informe formulado por contador público registrado ante las autoridades fiscales, a través del cual se emita opinión y se certifique que el monto de los recursos del estímulo fiscal autorizado al contribuyente aportante fue exclusivamente aplicado en cada uno de los conceptos de gasto erogados para la realización del proyecto de inversión, de conformidad con la legislación fiscal aplicable y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público.


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