viernes, 21 de enero de 2011

Declaración Informativa Múltiple



Los contribuyentes, personas físicas y morales deberán presentar a más tardar el 15 de febrero de 2011 su declaración informativa múltiple. Para ello deberán obtener el programa electrónico DIM, el cual ya se encuentra disponible en la página del SAT, a efecto de transmitir su información en tiempo y forma, ya que de no hacerlo se incurririan en infracciones lo que daria lugar a sanciones económicas, y en algunos casos otras consecuencias fiscales como la no deducibilidad de los sueldos y salarios.
Los anexos que contiene dicho programa son:
Anexo 1. Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo. (Incluyendo ingresos por acciones). La deben presentar personas físicas y morales que efectúen pagos por concepto de sueldos y salarios y conceptos asimilados.

Anexo 2. Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.  La presentan personas físicas y morales que efectúen pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS por los siguientes conceptos,
·         Prestación de servicios profesionales.
·         Arrendamiento de bienes inmuebles.
·         Servicios prestados por comisionistas.
·         Autotransporte terrestre de carga
·         Intereses
·         Premios
·         Derechos de autor
·         Dividendos o utilidades
·         Adquisición de otros bienes no consignada en escritura pública
·         Enajenación de acciones
·         Operaciones financieras derivadas
·         Arrendamiento en fideicomiso
·         Adquisición de desperdicios industriales
·         Enajenación de bienes gravados por el IEPS a través de mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores.
Así como también personas morales con fines no lucrativos que determinen remanente distribuible,  con el porcentaje que se determine a cada integrante.
Anexo 3. Información de contribuyentes que otorguen donativos.  La deben presentar personas físicas y morales con actividades empresariales, profesionales y régimen intermedio que hayan otorgado donativos.  Está información puede presentarse durante el mes de febrero.

Anexo 4. Información sobre residentes en el extranjero.  Personas físicas y morales con actividades empresariales, profesionales y del régimen intermedio que efectúen pagos y retenciones a personas físicas o morales en el extranjero. Personas morales del Régimen General de Ley y del Régimen Simplificado, y físicas con actividades empresariales, profesionales y del régimen intermedio que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero.

Anexo 5. De los regímenes fiscales preferentes.  Personas físicas y morales que hayan realizado inversiones o las mantengan en territorios con regímenes fiscales preferentes.  Está información se presenta durante el mes de febrero. 

Anexo 6. Empresas integradoras. Información de sus integradas.  Las empresas integradoras proporcionarán información de las operaciones realizadas en el año anterior por cuenta de sus integradas, a fin de que dichas operaciones no se consideren ingresos propios.

Anexo 7. Régimen de pequeños contribuyentes.

Anexo 8. Información sobre el impuesto al valor agregado. (Dicho anexo se derogará, estemos pendientes a la publicación correspondiente en Resolución Miscelanea Fiscal)

Anexo 9 Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. Personas físicas y morales con actividades empresariales, profesionales que realicen operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. Está información se presenta conjuntamente con la declaración del ejercicio.

Anexo 10. Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.  Instituciones fiduciarias por los pagos mensuales y deducciones de las personas a las que les correspondan rendimientos.



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