martes, 18 de enero de 2011

Reformas 2011 - Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

En relación al Decreto Número 10 que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero para el Estado, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y  la Ley de Salud, destacan las relacionadas con el Impuesto sobre Nóminas, las cuales entraron en vigor a partir del Primero de enero de 2011.

a) Impuesto sobre Nóminas.

Cambia su denominación por la de Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, se amplía el objeto y la base del gravamen al considerar cualquier otra erogación, en efectivo o especie,  por concepto de remuneración al trabajo personal, sea subordinado o no, cuando estos se presten dentro del territorio del Estado de veracruz de Ignacio de la Llave aún y cuando los prestadores o beneficiarios tengan su domicilio fuera de dicha entidad. Quedan comprendidos en el concepto de remuneraciones al trabajo personal:

Los sueldos y salarios, Gratificaciones, Percepciones, Habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, honorarios profesionales, emolumentos, contraprestaciones contractuales cuando se trate de un contrato de prestación de servicios, pagos a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos, de vigilancia o de administración de sociedades o asociaciones como remuneración a dichos cargos, pagos realizados a fiduciarios como remuneración a sus servicios, pagos por concepto de servicios personales, así como cualquier otra de naturaleza análoga, independientemente de la denominación que se designe.

Asi mismo, se exenta del pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal los pagos realizados a personas físicas por la prestación de su trabajo personal independiente, por el cual se deba pagar y retener el Impuesto al Valor Agregado.

Los contribuyentes de este impuesto deberán dictaminar la determinación y pago por Contador Público autorizado, en los términos y plazos del Código Fiscal de la Federación y de las demás disposiciones legales y tributarias aplicables, y de conformidad con las Reglas de Carácter General que al efecto expidan las autoridades correspondientes.

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