martes, 18 de enero de 2011

Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

El día de hoy 17 de enero de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ayuda Alimentaria a los Trabajadores, la cual entrará en vigor el día siguiente a su publicación.

Dicha Ley tiene por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con la finalidad de mejorar su estado nutricional, evitar enfermedades relacionadas con una alimentación deficiente y proteger la salud de los mismos.

En esta Ley se establece que los patrones podrán optar, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria, cuyas modalidades consisten en:

I. Comidas proporcionadas a los trabajadores en:
a) Comedores,
b) Restaurantes, o
c) Otros establecimientos de consumo de alimentos.

Lo anterior podrá contratarse con terceros mediante el uso de vales impresos o electrónicos.

II. Despensas, ya sea mediante canastillas de alimentos o por medio de vales de despensa en formato impreso o electrónico

La ayuda alimentaria NO PODRÁ ser otorgada en efectivo, ni por otros mecanismos distintos a los ya mencionados.

Para ello, la Secretaria de Salud, en coordinación con la Secretaria, expedirá normas a las que deberán sujetarse los comedores a que se refiere el inciso a), asi mismo se ejercerá la vigilancia correspondiente sobre dichos comedores a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos que éstos deban reunir. Los gobiernos de las entidades federativas ejercerán el control sanitario de los restaurantes u otros establecimientos de consumo de alimentos a los que se refieren los incisos b) y c).

Asi mismo, los patrones deberán mantener un control documental suficiente y adecuado para demostrar que la ayuda alimentaria ha sido efectivamente entregada a sus trabajadores.

Requisitos de los vales.

Los vales que se utilicen para proporcionar dicha ayuda, deberán reunir requisitos como:

I. Vales Impresos:
a) La leyenda "Este vale no podrá ser negociado total o parcialmente en efectivo"
b) Fecha de vencimiento
c) Incluir el nombreo o la razón social de la empresa emisora del vale
d) Especificar expresamente si se trata de vale para comidas o para despensa
e) Indicar de manera clara y visible el importe que ampara el vale con número y letra
f) Estar impresos en papel seguridad

II. Vales Electrónicos:
a) Dispositivo en forma de tarjeta plástica que cuente con una banda magnética o algún otro mecanismo tecnológico que permita identificarla en las terminales de los establecimientos afiliados a la red del emisor de la tarjeta.
b) Especificar si se trata de un vale para comidas o para despensas
c) Indicar de manera visible el nombre o la razón social de la empresa emisora de la tarjeta
d) Utilizarse únicamente para la adquisición de comidas o despensas.

Incentivos Fiscales

Los gastos en los que incurran los patrones para proporcionar servicios de comedor a sus trabajadores, así como para la entrega de despensas o de vales para despensa o para consumo de alimentos en establecimientos serán deducibles en  los términos y condiciones que se establecen en la Ley del Impuesto sobre la Renta y en la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y los ingresos correspondientes al trabajadore se considerarán ingresos exentos en loso términos y limites establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y no formarán parte de la base de las aportaciones de seguridad social en los términos y condiciones que para el caso dispongan las Leyes de Seguridad Social. 

Asi mismo, en su último titulo se señalan las sanciones a las que se harán acreedores aquellos que violen los preceptos señalados. 

   

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