lunes, 30 de agosto de 2010

Medidas para prevenir el Lavado de Dinero y el financiamiento al Terrorismo

En días pasados, el ejecutivo federal, como parte de su compromiso en su lucha contra el crimen organizado presento al Congreso de la Unión una serie de medidas para su aprobación. Dicha estrategia está enfocada a combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

El Lavado de dinero, es en términos generales, el procesamiento de las ganancias derivadas de la actividad criminal para disfrazar su procedencia ilícita, permitiendo a los criminales gozar de ellas sin arriesgar su fuente.

En su explicación de motivos, el gobierno federal señala que el dólar en efectivo constituye uno de los principales instrumentos monetarios utilizados para transferir las ganancias derivadas de la venta de droga al menudeo en ciudades de los Estados Unidos. Dichos billetes son transportados a traves de la frontera norte mediante pequeñas cantidades por personas que atraviesan dicha frontera a pie o en vehiculos. Sin embargo las organizaciones criminales hacen llegar sus ganancias a México utilizando varios esquemas por lo que se considera conveniente implementar las siguientes medidas:

Fortalecer los instrumentos legales para la prevención y el combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, con la supervisión especializada para el comercio exterior y la detección de dinero en efectivo.

Reconocer nuevos tipos penales relacionados con el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Eliminar lagunas jurídicas que permiten el uso de terceros y otras figuras mediante las cuales se ocultan operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Nuevos sujetos obligados a reportar operaciones: Centros de juegos y apuestas, oferentes de préstamos no financieros, emisores de tarjetas de pagos o servicios no bancarias, agencias inmobiliarias, automotrices y constructoras, joyeros profesionales, empresas de blindaje, federatarios públicos, abogados y contadores, transportadores de valores, galerias y subastas de arte, prestadores de servicios profesionales a personas morales.


Sintesis de la iniciativa.

A) Restricción en las operaciones con dinero en efectivo. Queda prohibida la adquisición de cualquier bien inmueble en efectivo (moneda nacional, divisas, metales preciosos).  Se prohibe el pago en efectivo de más de 100 mil pesos en la adquisición de: Vehículos aéreos, maritimos y terrestres, relojes y joyeria, boletos de apuestas o sorteos y transmisión de títulos accionarios.

Sanción: Prisión de cinco a quince años y multa de mi a cinco mil días.

B) Reporte de operacíones por parte de terceros a ciertas autoridades administrativas.

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