viernes, 10 de septiembre de 2010

Criterios Normativos Primer Semestre de 2010

El pasado 4 de agosto de 2010 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los criterios normativos en materia de impuestos internos aprobados por el primer semestre de 2010.


I) Nuevos Criterios Normativos:

* Momento en que se debe solicitar la inscripción en el RFC. Cláusula en la que se establece una fecha posterior o condición suspensiva.

* Embargo de créditos fiscales, procede su levantamiento cuando con posterioridad al inicio del procedimiento administrativo de ejecución exista ofrecimiento y aceptación de garantía.

* Impuesto sobre la renta. Ingresos acumulables por la prestación del servicio de emisión de vales de despensa.

* Impuesto empresarial a tasa única. Ingreso gravado por la prestación del servicio de emisión de vales de despensa.

* Impuesto al valor agregado. Base del impuesto por la prestación del servicio de emisión de vales de despensa.

II) Modificación de criterios normativos en vigor.

* 15/2009/CFF Plazo para informar la omisión de solicitudes o avisos al Registro Federal de Contribuyentes.

* 19/2009/CFF Enajenación de negociaciones. No es necesario que adicionalmente se expida el comprobante fiscal que desglose la cantidad, clase de mercancías, así como valor unitario, si dicha información consta en la escritura pública o póliza.

* 21/2009/CFF Medios de apremio. Es necesario agotarlos antes de proceder penalmente.* 22/2009/CFF Visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. No se requiere que se levanten actas parciales y acta final.

III) Criterios normativos derogados

* 2/2009/CFF Día inicial para el cómputo de plazos. Casos en los que no se especifica en el Código Fiscal de la Federación. El supuesto se incluyo en el articulo 7 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

* 11/2009/CFF Empresas en suspensión de actividades. Quedó sin materia.

* 12/2009/CFF Inicio del ejercicio de liquidación. Quedó sin materia.

* 18/2009/CFF Pequeños contribuyentes. Sólo se encuentran obligados a expedir comprobantes fiscales simplificados. El supuesto se incluyó en el artículo 41, segundo párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

* 32/2009/CFF Actualización de multas. Momento a partir del cual deben actualizarse. El supuesto se incluyó en el artículo 86 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

* 33/2009/CFF Reducción de multas. Determinación del monto de ingresos. El supuesto se incluyó en el artículo 87 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

* 34/2009/CFF Ejercicios a considerar para efectos de solicitar la reducción de las multas y recargos causados. El supuesto se incluyó en el artículo 88 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

* 46/2009/CFF Bienes inalienables e inembargables exceptuados de embargo. El supuesto se incluyó en el artículo 108 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

Los criterios normativos derogados no pierden su vigencia y aplicación respecto de las situaciones jurídicas y de hecho que en su momento regularon.

 









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