viernes, 10 de septiembre de 2010

Pensión por Viudez

En el momento en que ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez, el Instituto Mexicano del Seguro Social otorgará a sus beneficiarios, las prestaciones de pensión por viudez, pensión por orfandad, pensión a ascendientes, ayuda a la pensionada por viudez y asistencia médica.


Requisitos:

El asegurado o pensionado:

a) Original de la credencial ADIMSS o credencial de pensionado o cualquier documento que contenga el número de seguridad social;

b) Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella;

c) Documento de la AFORE que maneja su cuenta individual (estado de cuenta);

d) Copia certificada del acta de defunción;

e) Tratándose del fallecimiento por un riesgo de trabajo, copia del aviso para calificar probable riesgo (ST-
1).

El solicitante viuda(o) y a falta de ésta(e), la concubina(rio):

a) Credencial ADIMSS, credencial para votar o cualquier documento oficial con fotografía y firma;

b) Tratándose de personas de nacionalidad diferente a la mexicana, deberán presentar pasaporte o forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación;

c) Copia certificada de acta de nacimiento;

d) Copia certificada del acta de matrimonio o, en su caso, acreditación del concubinato.

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